Nueva ITC Ascensores 2024
¿Quieres saber si la nueva normativa afecta a tu ascensor en Gran Canaria? En Qascensores te informamos sobre la nueva ley que tendrá que cumplir el ascensor de tu comunidad de vecinos en Gran Canaria. El Real Decreto 355/2024, aprobado el 2 de abril de 2024, ha dado lugar a la publicación de la nueva Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores. Esta actualización normativa supone un avance significativo en materia de seguridad, mantenimiento e inspección de los ascensores en España.
La normativa regula la puesta en servicio, modificación, mantenimiento e inspección de los ascensores, así como el incremento de la seguridad del parque existente. Estas nuevas medidas se aplican tanto en ascensores nuevos, como en ascensores ya instaldos en los edificios, y entrarán en vigor el próximo 1 de julio del 2024.
¿Qué novedades aporta la ITC AEM 1?
La nueva ITC AEM 1 introduce cambios relevantes en diversos aspectos relacionados con los ascensores, entre los que destacan:
• Regulación de la figura “Conservador/a de Ascensores
Se establecen requisitos más exigentes para la obtención de la cualificación de Conservador/a de Ascensores, garantizando un mayor nivel de competencia y profesionalidad en el sector.
• Incremento de las frecuencias de mantenimiento
Se aumentan las frecuencias de las inspecciones periódicas de los ascensores, con el objetivo de detectar y prevenir averías de manera más temprana.
• Implementación de nuevas tecnologías
Se fomenta la incorporación de nuevas tecnologías en los ascensores, como sistemas de comunicación bidireccional o dispositivos de rescate automático, para mejorar la seguridad y la experiencia de los usuarios.
• Digitalización de la gestión de los ascensores
Se promueve la digitalización de los libros de mantenimiento y la creación de un registro electrónico de los ascensores, facilitando el acceso a la información y mejorando la trazabilidad de las inspecciones y reparaciones.
Beneficios de la nueva ITC AEM 1
La implementación de la nueva ITC AEM 1 conlleva una serie de beneficios para la seguridad de los usuarios de ascensores, el mantenimiento de los mismos y la eficiencia del sector en general:
• Mayor seguridad para los usuarios
Los cambios introducidos en la normativa contribuyen a reducir el riesgo de accidentes y averías en los ascensores, protegiendo la integridad física de las personas que los utilizan.
• Mantenimiento más eficiente
La mayor frecuencia de las inspecciones y la implementación de nuevas tecnologías permiten detectar y corregir problemas de manera más temprana, optimizando el mantenimiento de los ascensores y reduciendo los costes a largo plazo.
• Sector más profesionalizado
La regulación de la figura del/la Conservador/a de Ascensores y la exigencia de mayor formación garantizan un servicio de mantenimiento más cualificado y confiable.
• Mayor transparencia y trazabilidad
La digitalización de la gestión de los ascensores facilita el acceso a la información y mejora la trazabilidad de las inspecciones y reparaciones, lo que contribuye a aumentar la transparencia y la confianza en el sector.
Obligaciones de la empresa conservadora
• Disponer de un seguro de responsabilidad civil con cobertura mínima de 600.000€ por siniestro
• Elaborar un plan de mantenimiento para cada ascensor.
• Garantizar, durante un periodo de dos años, la correción de las deficiencias atribuidas en sus operaciones.
Obligaciones más importantes del titular
• Disponer de un manual de funcionamiento del ascensor.
• Permitir el uso del ascensor solamente cuando tenga contratado un servicio de mantenimiento.
• Solicitar a la empresa conservadora la puesta en fuera de servicio del ascensor si éste no reúne las debidas garantías de seguridad.
Plazos inspecciones periódicas de ascensores ya instalados:
La nueva ITC cambia la frecuencia con la que se realizan las inspecciones, siendo los siguientes plazos:
• Ascensores instalados en edificios destinados a usos industriales o lugares de pública concurrencia: cada 2 años.
• Ascensores instalados en edificios de más de 20 viviendas o que ofrecen servicio a más de cuatro plantas: cada 4 años.
• Ascensores no incluidos en los casos anteriores: cada 6 años.
En este apartado la novedad es que las empresas mantenedoras son responsables de parar en un plazo de 24 horas el ascensor que haya tenido una inspección desfavorable con defectos muy graves y comunicarlo al titular y a Industria de forma fehaciente. También se exige una inspección favorable antes de la puesta en marcha del ascensor, y una inspección al cambiar de empresa mantenedora.
En la nueva ITC de ascensores se mantienen las inspecciones tras accidente, pero con un cambio importante: se consideran accidentes también los que hayan tenido animales involucrados.
Medidas de seguridad de los ascensores en la comunidad de propietarios
En la nueva normativa se añaden unas nuevas medidas mínimas de seguridad que deben cumplir los ascensores ya existentes:
• Nivelación deficiente, seguridad y accesibilidad.
La nivelación de los elevadores corrige el posible escalón entre el interior del mismo y la parte exterior de forma que se eviten las caídas o los trapies.
Se deben realizar las modificaciones necesarias para asegurar la precisión exigida de la parada (±10 mm) y de la nivelación (±20 mm). El plazo será de 6 meses desde accidente/cambio del grupo tractor o 1 año desde la inspección con defecto.
• Protección del usuario contra el cierre de puertas durante la entrada o la salida de la cabina.
De esta forma se evita que se quede gente atrapada, las puertas detectan a las personas y a los animales de compañía y evitar así accidentes.
Todos los ascensores equipados con puertas de accionamiento automático deberán incorporar un dispositivo de protección, es decir, una cortina fotoeléctrica, que cubra la apertura desde al menos 25 mm y hasta 1600 mm de altura sobre la pisadera de la cabina. Se fija en 6 meses desde accidente o en un año desde la inspección con defecto.
• Protección del usuario contra los movimientos ascendentes incontrolados de la cabina,en reposo y con las puertas abiertas.
Será obligatorio a partir del cambio de la maniobra y el grupo tractor.
• Comunicación bidireccional de la cabina y rescate de usuarios atrapados.
En caso de que una persona se quede atrapada podrá comunicarse con el exterior para pedir ayuda y recibir instrucciones.
La nueva ITC obliga a incorporar un dispositivo de comunicación bidireccional para que los usuarios atrapados puedan pedir auxilio a la empresa mantenedora. El plazo es de un año desde la inspección con defecto.
• Sustitución de guías.
Salvo aquellos catalogados como patrimonio histórico artístico, no han de tener guías de cabina o contrapeso que incorporen dispositivos paracaídas de tipos cilíndrica, de rail o de madera.
• Dispositivos de control de carga para evitar el exceso de peso.
Los ascensores existentes que no dispongan de ningún dispositivo que impida la sobrecarga de la cabina, deberán instalar uno de acuerdo con el apartado 5.12.1.2. de la norma UNE EN 81-20, siempre que esta medida sea técnicamente viable y no implique la sustitución del cuadro de maniobra.
• Contrapeso.
Los ascensores existentes, salvo aquellos con marcado CE o catalogados como patrimonio histórico artístico, han de cumplir los apartados 5.4.11. y 5.7.1 de la norma UNE EN 81-20 para garantizar la seguridad del guiado del contrapeso y de las pesas que lo forman. Deberán adoptarse las medidas necesarias para que los contrapesos y su sistema de guiado puedan ser inspeccionados en todo el recorrido.
¿Qué pasa si no se cumplen los requisitos?
El incumplimiento de los requisitos establecidos en la nueva normativa puede tener graves consecuencias. En el caso de los ascensores nuevos, su puesta en servicio podría verse prohibida. En el caso de los ascensores ya instalados, podrían ser dados de baja y quedar fuera de servicio.
Es importante que todas las comunidades de propietarios de edificios con ascensor se informen sobre las nuevas exigencias y tomen las medidas necesarias para cumplirlas antes del 1 de julio.
En Qascensores queremos ayudar a los propietarios y administradores de fincas a entender cómo afecta la nueva ITC de ascensores 2024 a las comunidades de propietarios. Solicite más información aquí o llámenos al Teléfono 928 756 567 y nos pondremos en contacto contigo para resolver las dudas.